SISTEMA DE AUTODIAGNÓSTICO LABORAL

Auditoría Preventiva de RRHH - Estándar SUNAFIL

Art. 23.1

Leve

No comunicar y registrar ante la autoridad competente, en los plazos y con los requisitos previstos, documentación o información siempre que no esté tipificado como infracción grave.

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  • 1. Contratos de trabajo: Tener los contratos físicos o virtuales con el sustento de la causa objetiva de la modalidad.
  • 2. Alta en T-Registro: Constancia del alta del trabajador en el T-Registro de la Planilla Electrónica.
  • 3. Listado de Planilla: Reporte o listado de la planilla con los trabajadores que mantienen un contrato vigente.
  • 4. Elección de bróker de seguros: Documento que acredite la elección del bróker para el seguro de vida ley.
  • 5. Reglamento Interno de Trabajo (RIT): Cargo de entrega del RIT a los trabajadores, si corresponde por el número de empleados.
  • 6. Listado de personal en planilla: Mantener un listado actualizado del personal que figura en la planilla de remuneraciones.

Art. 23.2

Leve

No entregar al trabajador, en los plazos y con los requisitos previstos, copia del contrato de trabajo, boletas de pago de remuneraciones, hojas de liquidación de CTS, participación en las utilidades u otros beneficios sociales, o cualquier otro documento que deba ser puesto a su disposición.

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  • 1. Copia del Contrato de Trabajo: Cargo de entrega de la copia del contrato al trabajador.
  • 2. Boletas de Pago: Constancia de entrega (física o electrónica) de las boletas de pago mensuales.
  • 3. Liquidación de CTS: Cargo de entrega de la hoja de liquidación de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) dentro de los 5 días posteriores al depósito.
  • 4. Constancia de Utilidades: Documento que acredite el cálculo y pago de la participación en las utilidades, de corresponder.
  • 5. Reglamento Interno de Trabajo (RIT): Cargo de entrega del RIT (con capítulos sobre hostigamiento sexual, seguridad y salud, etc.).
  • 6. Boletín Informativo de AFP: Constancia de entrega del boletín informativo sobre el sistema de pensiones.

Art. 23.3

Leve

El incumplimiento de las obligaciones sobre planillas de pago o registro que las sustituya, o registro de trabajadores y prestadores de servicios, siempre que no esté tipificado como infracción grave.

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  • 1. Planilla de Pagos: Mantener la planilla de remuneraciones actualizada y declarada correctamente.
  • 2. Autorización de Firma Digital: Si se usan firmas ológrafas digitalizadas en boletas, contar con la autorización y registro ante la AAT.
  • 3. Convenio de Entrega Electrónica: Acuerdo con los trabajadores para el envío de boletas de pago por correo electrónico u otro medio digital.
  • 4. Registro de Prestadores de Servicios: Llevar un registro de las personas que prestan servicios bajo la modalidad de 4ta categoría.
  • 5. Contratos de Tercerización: Tener a la mano los contratos con empresas de trabajo complementario y temporales (si aplica).
  • 6. PDT PLAME: Archivos y constancias de declaración del PDT PLAME.

Art. 23.4

Leve

El incumplimiento de las obligaciones sobre boletas de pago de remuneraciones, siempre que no esté tipificado como infracción grave.

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  • 1. Datos del Trabajador: Verificar que las boletas incluyan nombre completo, domicilio, nacionalidad, DNI, fecha de ingreso, cargo y código de afiliado al sistema de pensiones.
  • 2. Datos de la Empresa: Asegurarse de que la boleta contenga la razón social y RUC del empleador.
  • 3. Detalle de Remuneración: Desglosar todos los conceptos remunerativos y no remunerativos pagados al trabajador.
  • 4. Registro de Jornada: Indicar en la boleta el número de días y horas trabajadas, así como las horas en sobretiempo si las hubiera.
  • 5. Detalle de Descuentos: Especificar todas las deducciones aplicadas (tributos, aportes a sistemas previsionales, cuotas sindicales, etc.).
  • 6. Fecha de Pago: Consignar la fecha de pago de la remuneración en la boleta.

Art. 23.5

Leve

No exponer en lugar visible del centro de trabajo el horario de trabajo, no contar con un ejemplar de la síntesis de la legislación laboral, no entregar el reglamento interno de trabajo, cuando corresponda, o no exponer o entregar cualquier otra información o documento que deba ser puesto en conocimiento del trabajador.

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  • 1. Publicación del Horario: Mantener el horario de trabajo publicado en un lugar visible para todos los trabajadores.
  • 2. Síntesis de Legislación Laboral: Tener disponible y visible un resumen de las principales normas laborales.
  • 3. Publicación del Comité de SST: Exhibir la relación de los integrantes del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • 4. Mapa de Riesgos: Publicar el mapa de riesgos del centro de trabajo en un lugar visible.
  • 5. IPERC: Tener a disposición y socializada la matriz de Identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos y sus Controles (IPERC).
  • 6. Cargo de entrega del RIT: Contar con el cargo de entrega del Reglamento Interno de Trabajo a cada trabajador.

Art. 23.7

Leve

Cualquier otro incumplimiento que afecte obligaciones meramente formales o documentales, siempre que no esté tipificado como infracción grave.

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  • 1. Archivo de Documentos Laborales: Mantener un archivo ordenado y actualizado de toda la documentación laboral (contratos, boletas, etc.).
  • 2. Comunicaciones Internas: Guardar copia de todas las comunicaciones formales enviadas a los trabajadores.
  • 3. Registros Auxiliares: Llevar registros auxiliares que puedan ser solicitados por la autoridad de trabajo (ej. control de vacaciones, registro de horas extras).
  • 4. Cargos de Entrega: Sistematizar y archivar todos los cargos de entrega de documentos a los trabajadores.
  • 5. Actualización de Datos: Asegurarse de que los datos de los trabajadores estén actualizados en todos los registros de la empresa.
  • 6. Disponibilidad de Información: Tener la documentación laboral disponible para ser presentada en caso de una inspección.

Art. 23.8

Leve

No cumplir oportunamente con los deberes de información, hacia las entidades depositarias, relativos a la disponibilidad e intangibilidad de los depósitos por compensación por tiempo de servicios (CTS).

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  • 1. Declaración a Entidades Financieras: Contar con los cargos de las comunicaciones enviadas a los bancos sobre los depósitos de CTS.
  • 2. Vouchers de Depósito: Archivar los comprobantes o vouchers de las transferencias de los depósitos de CTS.
  • 3. Liquidación de Cálculo de CTS: Tener las hojas de liquidación del cálculo de la CTS por cada trabajador.
  • 4. Constancia de Entrega de Liquidación: Guardar los cargos de entrega de la liquidación de CTS a cada trabajador.
  • 5. Planilla de Remuneraciones: Mantener la planilla de remuneraciones como sustento del cálculo de la CTS.
  • 6. Comunicación de Intangibilidad: Asegurarse de haber comunicado a la entidad financiera la condición de intangibilidad de los depósitos de CTS.

Art. 24.1

Grave

El incumplimiento de las disposiciones relacionadas con el descuento y la entrega de cuotas sindicales y contribuciones destinadas a la constitución y fomento de las cooperativas formadas por los trabajadores sindicalizados.

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  • 1. Planilla de Pagos: Planilla de remuneraciones donde se visualice el descuento de la cuota sindical.
  • 2. Comprobantes de Depósito: Vouchers o constancias de la transferencia bancaria de las cuotas retenidas a la cuenta de la organización sindical.
  • 3. Padrón de Afiliados: Comunicación del sindicato con el listado de sus afiliados para efectuar el descuento.
  • 4. PDT PLAME: Declaración en la planilla electrónica donde se registre el descuento por cuota sindical.
  • 5. Estatuto del Sindicato: Copia del estatuto del sindicato donde se establece el monto o porcentaje de la cuota sindical.
  • 6. Libro de Caja del Sindicato (Referencial): Si es posible, solicitar al sindicato una constancia de recepción de los fondos.

Art. 24.11

Grave

El incumplimiento de las disposiciones relacionadas con el otorgamiento de facilidades para el ejercicio de la actividad sindical.

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  • 1. Registro de Licencias Sindicales: Libro de actas o registro donde se controlen las licencias sindicales solicitadas y otorgadas.
  • 2. Solicitudes de Licencia: Archivo de las solicitudes formales de licencia presentadas por los dirigentes sindicales.
  • 3. Comunicaciones y Cartas: Correspondencia con el sindicato relacionada con el otorgamiento de permisos y facilidades.
  • 4. Boletas de Pago: Verificar que las boletas de pago reflejen correctamente las licencias sindicales remuneradas, si corresponde.
  • 5. Reglamento Interno o Política: Tener una política o procedimiento interno para la gestión de licencias sindicales.
  • 6. Panel Informativo: Disponer de un espacio para que el sindicato pueda realizar sus comunicados (panel o vitrina).

Art. 24.12

Grave

No registrar el Contrato de Seguro Vida Ley en el Registro Obligatorio de Contratos creado por la Ley N° 29549, no contratar la póliza de seguro de vida, no mantenerla vigente o no pagar oportunamente la prima, a favor de los trabajadores con derecho a éste, incurriéndose en una infracción por cada trabajador afectado.

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  • 1. Constancia de Registro del Seguro Vida Ley: Cargo de la declaración del contrato del seguro en el sistema virtual del MINTRA.
  • 2. Póliza de Seguro de Vida Ley: Contar con la póliza de seguros vigente contratada con una entidad aseguradora.
  • 3. Comprobantes de Pago de la Prima: Vouchers o facturas que acrediten el pago oportuno de la prima del seguro.
  • 4. Declaración de Beneficiarios: Formatos de declaración de beneficiarios llenados y firmados por cada trabajador.
  • 5. Relación de Trabajadores Asegurados: Listado de los trabajadores incluidos en la póliza de seguro.
  • 6. Cargo de Entrega de Certificado: Constancia de entrega a cada trabajador de su certificado o constancia de estar cubierto por el seguro.

Art. 24.14

Grave

No contar con una dependencia adecuada de relaciones industriales, asistente social diplomado o reglamento interno de trabajo, cuando corresponda.

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  • 1. Organigrama de la Empresa: Organigrama donde se identifique el área o responsable de Relaciones Industriales o Recursos Humanos.
  • 2. Comunicación a los Trabajadores: Documento que informa a los trabajadores sobre quién es la persona o área encargada de los asuntos laborales.
  • 3. Horario de Atención: Publicar el horario de atención del área de RR.HH. o Asistencia Social.
  • 4. Reglamento Interno de Trabajo (RIT): Tener el RIT aprobado y con cargo de entrega a los trabajadores (obligatorio para empresas con más de 100 trabajadores).
  • 5. Título Profesional de Asistenta Social: Si se cuenta con el servicio, tener el título profesional de la persona a cargo.
  • 6. Descripción de Funciones: Manual de Organización y Funciones (MOF) que detalle las responsabilidades del área de RR.HH.

Art. 24.2

Grave

El incumplimiento de las siguientes obligaciones sobre planillas de pago, planillas electrónicas, o registro de trabajadores y prestadores de servicios: no encontrarse actualizado; no encontrarse debidamente autorizado de ser exigido; no consignar los datos completos, no presentarlo ante la Autoridad Administrativa de Trabajo; no presentarlo dentro del plazo, o presentarlo incluyendo datos falsos o que no correspondan a la realidad; no efectuar el alta en el Registro, la modificación o actualización de datos, o la baja en el Registro, dentro del plazo correspondiente.

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  • 1. PDT PLAME (últimos 12 meses): Tener las declaraciones y constancias de presentación del PDT PLAME.
  • 2. T-Registro Actualizado: Asegurar que el alta, la baja y las modificaciones de datos en el T-Registro se realicen en los plazos establecidos.
  • 3. Registro de Prestadores de Servicios: Mantener un registro actualizado de los prestadores de servicios (4ta categoría).
  • 4. Contratos de Tercerización: Archivar los contratos con empresas de intermediación o tercerización de servicios.
  • 5. PDT de Pensiones: Contar con las declaraciones y pagos del PDT de pensiones.
  • 6. Verificación de Datos: Realizar verificaciones periódicas para asegurar que los datos consignados en la planilla electrónica sean correctos y veraces.

Art. 24.3

Grave

El incumplimiento de las siguientes obligaciones en materia de boletas de pago y hojas de liquidación: consignar datos distintos a los registrados en las planillas de pago o registros que las sustituyan, registros de trabajadores y prestadores de servicios, incluir datos falsos o que no correspondan a la realidad.

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  • 1. Boletas de Pago (últimos 12 meses): Archivo de las boletas de pago que coincidan con la información de la planilla.
  • 2. Planilla de Remuneraciones (últimos 12 meses): Planilla que sustente y coincida con los montos y datos de las boletas.
  • 3. Contratos y Recibos por Honorarios: Tener los contratos y recibos por honorarios de los prestadores de servicios (4ta categoría).
  • 4. Conciliación de Datos: Realizar cruces de información periódicos entre boletas, planillas y T-Registro para asegurar la consistencia.
  • 5. PDT PLAME: Declaraciones del PDT que validen la información de las planillas y boletas.
  • 6. Verificación de Realidad: Asegurarse de que los datos consignados (cargo, remuneración, etc.) reflejen la realidad de las labores del trabajador.

Art. 24.4

Grave

No pagar u otorgar íntegra y oportunamente las remuneraciones y los beneficios laborales a los que tienen derecho los trabajadores por todo concepto, incluidos los establecidos por convenios colectivos, laudos arbitrales, así como la reducción de los mismos en fraude a la ley.

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  • 1. Planilla y Vouchers de Pago: Planilla de remuneraciones y los comprobantes de depósito bancario que demuestren el pago oportuno.
  • 2. Convenio Colectivo / Laudo Arbitral: Tener el acta del convenio colectivo o el laudo arbitral que establezca beneficios adicionales.
  • 3. Liquidación de Beneficios Sociales: Documentos que acrediten el cálculo y pago de todos los beneficios (gratificaciones, vacaciones, etc.).
  • 4. Cargos de Boletas de Pago: Constancias de entrega de las boletas de pago a los trabajadores.
  • 5. Política Salarial: Documento que establezca la estructura salarial y las políticas de remuneración de la empresa.
  • 6. Registro de Asistencia: Control de asistencia para verificar las horas trabajadas y el cálculo correcto de la remuneración.

Art. 24.5

Grave

No depositar íntegra y oportunamente la compensación por tiempo de servicios.

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  • 1. Relación de Personal para CTS: Listado de trabajadores con la entidad financiera elegida para el depósito de su CTS.
  • 2. Certificados de Depósito de CTS: Comprobantes y certificados de los depósitos semestrales de la CTS emitidos por la entidad financiera.
  • 3. Hojas de Liquidación de CTS: Documento con el cálculo detallado de la CTS entregado al trabajador.
  • 4. Planilla de Remuneraciones: Planilla utilizada como base para el cálculo de la CTS.
  • 5. Vouchers de Transferencia: Comprobantes de las transferencias bancarias realizadas a las cuentas de CTS de los trabajadores.
  • 6. Cronograma de Pagos: Tener un cronograma interno para asegurar el cumplimiento de las fechas de depósito (mayo y noviembre).

Art. 24.6

Grave

El incumplimiento de las disposiciones relacionadas con el sistema de prestaciones alimentarias, siempre que no esté tipificado como muy grave.

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  • 1. Relación de Beneficiarios: Listado de los trabajadores que reciben el beneficio de prestaciones alimentarias.
  • 2. Contrato con Empresa Proveedora: Contrato vigente con la empresa administradora o proveedora de alimentos.
  • 3. Comprobantes de Pago: Facturas y comprobantes de pago a la empresa proveedora de alimentos.
  • 4. Convenio con Trabajadores: Acuerdos o convenios con los trabajadores para el otorgamiento de este beneficio.
  • 5. Verificación de Entrega: Constancias o mecanismos que verifiquen la entrega efectiva de las tarjetas o vales de alimentos a los trabajadores.
  • 6. Declaración en PDT PLAME: Correcta declaración de los conceptos de prestaciones alimentarias en la planilla electrónica.

Art. 24.7

Grave

No celebrar por escrito y en los plazos previstos contratos de trabajo, cuando este requisito sea exigible, así como no presentar una copia de los mismos ante la Autoridad Administrativa de Trabajo para su conocimiento y registro.

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  • 1. Contratos de Trabajo Escritos: Tener todos los contratos de trabajo (especialmente los modales) debidamente firmados por ambas partes.
  • 2. Relación de Contratos Vigentes: Listado actualizado de trabajadores con sus respectivos tipos de contrato, fechas de inicio y fin.
  • 3. Constancia de Registro (MINTRA): Cargo de presentación de los contratos de trabajo sujetos a modalidad ante la plataforma virtual del Ministerio de Trabajo.
  • 4. Comprobante de Pago de Tasa: Recibo de pago al Banco de la Nación por el registro de cada contrato.
  • 5. Cargos de Entrega al Trabajador: Constancia de que se entregó una copia del contrato al trabajador dentro del plazo legal.
  • 6. Sustento de Causa Objetiva: Documentación que acredite la causa objetiva que justifica la contratación modal (ej. informes de producción, lanzamiento de nueva actividad, etc.).

Art. 24.8

Grave

La modificación unilateral por el empleador del contrato y las condiciones de trabajo, en los casos en los que no se encuentra facultado para ello.

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  • 1. Contrato Original y Adendas: Tener el contrato de trabajo inicial y cualquier adenda o modificación posterior firmada por ambas partes.
  • 2. Acuerdos de Modificación: Documentos que acrediten el acuerdo con el trabajador para cualquier cambio en las condiciones de trabajo (ej. cambio de horario, función, etc.).
  • 3. Reglamento Interno de Trabajo (RIT): El RIT debe establecer los procedimientos para las modificaciones de condiciones de trabajo, respetando la ley.
  • 5. Manual de Organización y Funciones (MOF): Documento que describa los puestos y funciones, para justificar la razonabilidad de cualquier cambio.
  • 6. Evidencia de No Hostilidad: Documentación que demuestre que los cambios no constituyen un acto de hostilidad (ej. evaluaciones de desempeño, correos de coordinación).
  • La modification unilateral por el empleador del contrato y las condiciones de trabajo, en los casos en los que no se encuentra facultado para ello.
  • 4. Comunicaciones al Trabajador: Cartas o comunicaciones formales donde se informa al trabajador sobre cambios, siempre que estén permitidos por ley.

Art. 24.9

Grave

El incumplimiento de las disposiciones relacionadas con la entrega a los representantes de los trabajadores de información sobre la situación económica, financiera, social y demás pertinente de la empresa, durante el procedimiento de negociación colectiva.

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  • 1. Cargo de Entrega de Información: Constancia de haber entregado la información económica y financiera solicitada por el sindicato durante la negociación.
  • 2. Pliego de Reclamos: Copia del pliego de reclamos presentado por la organización sindical.
  • 3. Requerimientos de la AAT: Guardar cualquier requerimiento o notificación de la División de Negociación Colectiva del MINTRA.
  • 4. Actas de Negociación: Actas de las reuniones de negociación colectiva donde conste la entrega o discusión de la información.
  • 5. Informes Económicos: Copia de los informes económicos, financieros y sociales que se entregaron a los representantes de los trabajadores.
  • 6. Comunicaciones con el Sindicato: Archivo de todas las cartas y comunicaciones formales intercambiadas con el sindicato.

Art. 25.1

Muy Grave

La realización de actos que afecten la libertad sindical del trabajador o de la organización de trabajadores, tales como aquellos que impiden la libre afiliación a una organización sindical, promuevan la desafiliación de la misma, impidan la constitución de sindicatos, obstaculicen a la representación sindical, utilicen contratos de trabajo sujetos a modalidad para afectar la libertad sindical, la negociación colectiva y el ejercicio del derecho de huelga, o supuestos de intermediación laboral fraudulenta, o cualquier otro acto de interferencia en la organización de sindicatos.

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  • 1. Política de Puertas Abiertas y No Discriminación: Tener una política escrita que garantice la libertad sindical y la no represalia por afiliación.
  • 2. Padrón Sindical: Respetar el padrón de afiliados comunicado por el sindicato sin realizar actos para alterarlo.
  • 3. Contratos de Trabajo: No utilizar la modalidad de contratación para perjudicar a trabajadores sindicalizados (ej. no renovar contrato por afiliarse).
  • 4. Actas de Negociación Colectiva: Demostrar una actitud de buena fe y no obstruccionista durante las negociaciones.
  • 5. Comunicaciones Internas: Evitar cualquier comunicado que desincentive la afiliación sindical.
  • 6. Registro de Sanciones y Despidos: Asegurarse de que las medidas disciplinarias no tengan como causa la actividad sindical del trabajador.
  • No pagar la remuneración mínima correspondiente.
  • 1. Planilla de Remuneraciones: Verificar que ningún trabajador perciba una remuneración por debajo de la Remuneración Mínima Vital (RMV) por jornada completa.
  • 2. Boletas de Pago: Las boletas deben reflejar un pago igual o superior a la RMV.
  • 3. Contratos de Trabajo: Los contratos deben estipular una remuneración acorde a la RMV vigente.
  • 4. PDT PLAME: La declaración en la planilla electrónica debe ser consistente con el pago de la RMV.
  • 5. Control de Asistencia: Registro de asistencia para verificar que la remuneración corresponde a la jornada laboral pactada.
  • 6. Política Salarial: Documento de política salarial que establezca la RMV como el piso remunerativo de la empresa.

Art. 25.19

Muy Grave

No contar con el registro de control de asistencia, respecto de uno o más trabajadores, o que, teniéndolo, no contenga información mínima, o impedir o sustituir al trabajador en el registro de su tiempo de trabajo.

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  • 1. Registro de Control de Asistencia: Implementar y mantener un sistema de registro de asistencia (manual, electrónico, biométrico) para todos los trabajadores sujetos a fiscalización de horario.
  • 2. Reportes de Asistencia: Generar y archivar los reportes de marcación de ingreso y salida de cada trabajador.
  • 3. Información Mínima: El registro debe contener como mínimo el nombre del trabajador, fecha, hora de ingreso y salida.
  • 4. Intangibilidad del Registro: Garantizar que el registro no pueda ser alterado y que sea el propio trabajador quien realice la marcación.
  • 5. Disponibilidad de los Reportes: Tener los reportes de asistencia disponibles para el trabajador y para la autoridad de trabajo cuando lo soliciten.
  • 6. Política de Control de Asistencia: Incluir en el Reglamento Interno de Trabajo las normas y procedimientos sobre el control de asistencia.

Art. 25.2

Muy Grave

No registrar trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios, personal contratado bajo modalidades formativas laborales, personal de terceros o derechohabientes en las planillas de pago o planillas electrónicas a que se refiere el Decreto Supremo No 018- 2007-TR y sus modificatorias, o no registrar trabajadores y prestadores de servicios en el registro de trabajadores y prestadores de servicios, en el plazo y con los requisitos previstos, incurriéndose en una infracción por cada trabajador, pensionista, prestador de servicios, personal en formación â_x0080__x0093_ Modalidad Formativa Laboral y otros, personal de terceros o derechohabiente.

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  • 1. Alta en T-Registro: Realizar el alta en el T-Registro de la planilla electrónica desde el primer día de inicio de labores del trabajador.
  • 2. Registro de Derechohabientes: Registrar a los derechohabientes (cónyuge, hijos) del trabajador en el T-Registro para el acceso a EsSalud.
  • 3. Registro de Prestadores de Servicios (RPS): Inscribir a los prestadores de servicios (4ta categoría) en el registro correspondiente de la planilla electrónica.
  • 4. Registro de Personal en Formación: Registrar a los practicantes y otros bajo modalidades formativas.
  • 5. Registro de Personal de Terceros: Registrar al personal de empresas de intermediación o tercerización que presten servicios en el centro de trabajo.
  • 6. Verificación de Cobertura: Realizar verificaciones periódicas para asegurar que todo el personal y sus derechohabientes estén correctamente registrados.

Art. 25.3

Muy Grave

Desempeñar actividades propias del sistema de prestaciones alimentarias sin cumplir con los requisitos previstos en las normas correspondientes.

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  • 1. Contratos con Empresas Proveedoras: Contratos suscritos con las empresas proveedoras de alimentos debidamente registradas.
  • 2. Registro de Empresas Proveedoras: Verificación de que la empresa proveedora se encuentre en el Registro de Empresas Administradoras y Proveedoras de Alimentos.
  • 3. Autorizaciones Sanitarias (DIGESA): Si aplica, contar con las autorizaciones sanitarias de los productos o servicios alimentarios.
  • 4. Registros Legales de la Proveedora: Verificación de que la proveedora cumpla con sus registros (MINTRA, SUNAT, SUNARP, Licencia Municipal).
  • 5. Carta Fianza: Comprobar que la empresa proveedora ha presentado la carta fianza exigida por ley.
  • 6. Acuerdos de Entrega: Documentos que detallen los acuerdos y condiciones de la entrega de los beneficios alimentarios.

Art. 25.5

Muy Grave

El incumplimiento de las disposiciones relacionadas con la contratación a plazo determinado, cualquiera que sea la denominación de los contratos, su desnaturalización, su uso fraudulento, y su uso para violar el principio de no discriminación.

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  • 1. Contratos de Trabajo a Plazo Fijo: Tener los contratos modales por escrito y debidamente justificados.
  • 2. Documentos de Causa Objetiva: Informes, planes de negocio, proyecciones, etc., que sustenten la temporalidad del contrato.
  • 3. Registro de Contratos en MINTRA: Constancia de haber registrado los contratos sujetos a modalidad ante la autoridad de trabajo.
  • 4. Planilla de Remuneraciones: La planilla debe reflejar la modalidad contractual y la fecha de vencimiento del contrato.
  • 5. Organigrama y Estructura Salarial: Documentos que demuestren que no hay discriminación salarial entre trabajadores con contratos temporales y permanentes que realizan la misma función.
  • 6. Liquidación de Beneficios Sociales: Correcto pago de los beneficios al término de cada contrato temporal.

Art. 25.6

Muy Grave

El incumplimiento de las disposiciones relacionadas con la jornada de trabajo, refrigerio, trabajo en sobretiempo, trabajo nocturno, descanso vacacional y otros descansos, licencias, permisos y el tiempo de trabajo en general.

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  • 1. Registro de Control de Asistencia: Sistema de marcación de ingreso y salida, manual o digital, que registre fehacientemente las horas laboradas.
  • 2. Publicación del Horario de Trabajo: Exhibir el horario de trabajo, incluyendo el tiempo de refrigerio, en un lugar visible.
  • 3. Autorización y Pago de Horas Extras: Formatos de autorización de horas extras y la evidencia de su pago en la boleta.
  • 4. Rol de Vacaciones: Cronograma anual de vacaciones de los trabajadores.
  • 5. Registro de Descansos, Permisos y Licencias: Llevar un control de todos los permisos y licencias otorgados.
  • 6. Reglamento Interno de Trabajo (RIT): El RIT debe contener las normas sobre jornada, horarios, descansos y permisos.

Art. 25.7

Muy Grave

El incumplimiento de las disposiciones relacionadas con el trabajo de los niños, niñas y adolescentes menores de 18 años de edad en relación de dependencia, incluyendo aquellas actividades que se realicen por debajo de las edades mínimas permitidas para su admisión en el empleo, que afecten su salud o desarrollo físico mental, emocional, moral social y su proceso educativo.

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  • 1. Nómina de Trabajadores con Fechas de Nacimiento: Listado de todo el personal que incluya su fecha de nacimiento para verificar la edad.
  • 2. Files de Personal con Copia de DNI: Archivo personal de cada trabajador con su documento de identidad que acredite su mayoría de edad.
  • 3. Autorización de la AAT para Trabajo Adolescente: En caso de contratar a un adolescente (14-17 años), contar con la autorización expresa de la Autoridad Administrativa de Trabajo.
  • 4. Planilla PDT Remuneraciones: La planilla electrónica debe reflejar correctamente los datos del trabajador, incluyendo su fecha de nacimiento.
  • 5. Certificado de Escolaridad: Para trabajadores adolescentes, contar con la documentación que acredite su asistencia a un centro educativo.
  • 6. Exámenes Médicos: Exámenes médicos que certifiquen que la labor no afecta la salud y desarrollo del adolescente.

Art. 25.9

Muy Grave

La realización de actos que impidan el libre ejercicio del derecho de huelga, como la sustitución de trabajadores en huelga, bajo contratación directa a través de contratos indeterminados o sujetos a modalidad, o bajo contratación indirecta, a través de intermediación laboral o contratación y sub-contratación de obras o servicios, y el retiro de bienes de la empresa sin autorización de la Autoridad Administrativa de Trabajo.

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  • 1. Planilla de Personal Durante la Huelga: Nómina de los trabajadores que laboraron durante la huelga para demostrar que no hubo reemplazo de huelguistas.
  • 2. Contratos de Trabajo (Periodo de Huelga): No celebrar nuevos contratos de trabajo para cubrir los puestos de los trabajadores en huelga.
  • 3. Contratos con Empresas de Intermediación: No utilizar personal de intermediación para reemplazar a los trabajadores en huelga.
  • 4. Actas de Constatación: Actas de la Autoridad de Trabajo o de un notario que verifiquen el cese de actividades durante la huelga.
  • 5. Autorización para Retiro de Bienes: Si se necesita retirar bienes de la empresa durante la huelga, contar con la autorización de la Autoridad Administrativa de Trabajo.
  • 6. Comunicaciones con el Sindicato: Mantener un archivo de las comunicaciones con el sindicato antes y durante la huelga.

Art. 26.1

Leve

La falta de orden y limpieza del centro de trabajo que no implique riesgo para la integridad física y salud de los trabajadores.

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  • 1. Programa de Limpieza: Contar con un cronograma o programa de limpieza y mantenimiento de las instalaciones.
  • 2. Registros de Limpieza: Llevar un registro o checklist de las tareas de limpieza realizadas.
  • 3. Inspecciones Periódicas: Realizar inspecciones internas para verificar las condiciones de orden y limpieza de las diferentes áreas.
  • 4. Señalización de Ã_x0081_reas: Mantener las áreas de trabajo, pasillos y zonas de almacenamiento debidamente señalizadas y despejadas.
  • 5. Gestión de Residuos: Tener un procedimiento para la recolección y disposición de los residuos generados en el centro de trabajo.
  • 6. Capacitación al Personal: Informar al personal sobre la importancia de mantener el orden y la limpieza en sus puestos de trabajo.

Art. 27.1

Grave

La falta de orden y limpieza del centro de trabajo que implique riesgos para la integridad física y salud de los trabajadores. ⚠ DU N° 044-2019 (art. 39-A RLSST): si el inspector constata riesgo grave e inminente, SUNAFIL puede ordenar el cierre temporal del área de trabajo como medida adicional a la multa.

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  • 1. Programa de Orden y Limpieza (5S u otro): Implementar un programa formal de orden y limpieza, con responsables y seguimiento.
  • 2. Inspecciones de Seguridad: Realizar inspecciones de seguridad planeadas que incluyan la verificación del orden y la limpieza como punto crítico.
  • 3. IPERC: La matriz IPERC debe identificar los riesgos asociados a la falta de orden y limpieza (caídas, tropiezos, contacto con objetos) y establecer controles.
  • 4. Registro Fotográfico: Mantener un registro fotográfico del antes y después de las mejoras en orden y limpieza.
  • 5. Procedimientos de Limpieza de Sustancias Peligrosas: Si aplica, tener procedimientos específicos para la limpieza de derrames de productos químicos u otros materiales peligrosos.
  • 6. Capacitación en Orden y Limpieza: Capacitar al personal sobre los riesgos específicos derivados de la falta de orden y limpieza en sus áreas.
  • 7. [DU 044-2019 / Art. 39-A] Levantamiento inmediato de condiciones inseguras: Ante una inspección, demostrar que las condiciones de riesgo han sido corregidas para evitar la orden de cierre temporal del área afectada.

Art. 27.12

Grave

No constituir o no designar a uno o varios trabajadores para participar como supervisor o miembro del Comité de Seguridad y Salud, así como no proporcionarles formación y capacitación adecuada. ⚠ DU N° 044-2019 (art. 39-A RLSST): la ausencia del CSST puede ser causal para que SUNAFIL ordene el cierre temporal del área de trabajo si se constata riesgo grave e inminente.

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  • 1. Acta de Convocatoria a Elecciones: Documento que convoca a los trabajadores a elegir a sus representantes ante el CSST.
  • 2. Padrón Electoral y Acta de Elecciones: Listado de votantes y acta con los resultados del proceso de elección.
  • 3. Acta de Constitución e Instalación del CSST: Acta que formaliza la instalación del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • 4. Registro de Capacitación para el CSST: Constancias de capacitación especializada para los miembros del comité y el supervisor.
  • 5. Libro de Actas del CSST: Mantener el libro de actas del comité al día con las reuniones mensuales.
  • 6. Designación de Supervisor de SST: En empresas con menos de 20 trabajadores, contar con el documento de designación del Supervisor de SST.
  • 7. [DU 044-2019 / Art. 15 RLSST] Participación activa del CSST: Evidenciar que el Comité o Supervisor participa en la identificación de peligros y en la revisión del IPERC, conforme a las obligaciones ampliadas por el DU 044-2019.

Art. 27.3

Grave

No llevar a cabo las evaluaciones de riesgos y los controles periódicos de las condiciones de trabajo y de las actividades de los trabajadores o no realizar aquellas actividades de prevención que sean necesarias según los resultados de las evaluaciones. ⚠ DU N° 044-2019 (arts. 5 y 39-A RLSST): la ausencia del IPERC es considerada condición de riesgo grave e inminente; el inspector puede disponer el cierre temporal del área afectada sin necesidad de resolución previa.

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  • 1. Matriz IPERC por Puesto de Trabajo: Contar con la Identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos y Controles (IPERC) actualizada para cada puesto.
  • 2. Plan Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo: Elaborar y ejecutar el plan anual de SST, que debe incluir las actividades preventivas basadas en el IPERC.
  • 3. Inspecciones Internas de SST: Programa y registros de las inspecciones periódicas de seguridad para verificar la eficacia de los controles.
  • 4. Monitoreo de Agentes Ocupacionales: Realizar monitoreos (ruido, iluminación, polvo, etc.) según los riesgos identificados y mantener los informes de resultados.
  • 5. Actas de Reunión del Comité de SST: El Comité de SST debe revisar y aprobar el IPERC y hacer seguimiento a los controles.
  • 6. Procedimientos Escritos de Trabajo Seguro (PETS): Elaborar PETS para las tareas de alto riesgo identificadas en el IPERC.
  • 7. [DU 044-2019 / Art. 5 RLSST] Actualización periódica del IPERC: El DU 044-2019 amplió la obligación del empleador de actualizar la evaluación de riesgos ante cualquier cambio en las condiciones de trabajo, nuevo proceso o incidente ocurrido.

Art. 27.4

Grave

No realizar los reconocimientos médicos y pruebas de vigilancia periódica del estado de salud de los trabajadores o no comunicar a los trabajadores afectados el resultado de las mismas.

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  • 1. Programa de Vigilancia de la Salud: Contar con un programa de exámenes médicos ocupacionales (ingreso, periódico, retiro).
  • 2. Certificados de Aptitud Médico Ocupacional (EMO): Archivar los certificados de aptitud de los exámenes médicos de cada trabajador.
  • 3. Protocolos de Exámenes Médicos: Definir los protocolos de evaluación médica según los riesgos de cada puesto de trabajo.
  • 4. Cargos de Entrega de Resultados: Constancia de que cada trabajador ha recibido los resultados de sus exámenes médicos.
  • 5. Confidencialidad de la Información Médica: Asegurar que la información médica de los trabajadores sea manejada por el Médico Ocupacional y se respete la confidencialidad.
  • 6. Informes de Vigilancia de la Salud: El Médico Ocupacional debe elaborar informes estadísticos sobre la salud de los trabajadores para la gestión de la prevención.

Art. 27.8

Grave

No cumplir con las obligaciones en materia de formación e información suficiente y adecuada a los trabajadores y las trabajadoras acerca de los riesgos del puesto de trabajo y sobre las medidas preventivas aplicables.

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  • 1. Programa Anual de Capacitaciones en SST: Contar con un programa de capacitaciones que incluya, como mínimo, 4 capacitaciones al año en materia de SST.
  • 2. Registros de Capacitación: Listas de asistencia, material entregado y evaluaciones de las capacitaciones realizadas.
  • 3. Inducción en SST: Registro de la inducción específica en seguridad y salud en el puesto de trabajo para cada nuevo trabajador.
  • 4. IPERC por Puesto: El IPERC debe ser la base para la información sobre los riesgos específicos del puesto.
  • 5. Cargos de Entrega de Información: Constancia de entrega de documentos como el RIT, políticas de SST, y resúmenes del IPERC.
  • 6. Publicaciones y Comunicados: Mantener afiches, folletos o comunicados visibles sobre riesgos y medidas de prevención.

Art. 28.9

Muy Grave

No implementar un sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo o no tener un reglamento de seguridad y salud en el trabajo. ⚠ DU N° 044-2019 (arts. 36, 38, 39, 39-A y 40 RLSST): se amplió la facultad de SUNAFIL para exigir auditorías en cualquier momento (no solo bienalmente), disponer la paralización del proceso productivo y ordenar el cierre temporal del área de trabajo. El incumplimiento del SGSST es la infracción de mayor riesgo de cierre.

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  • 1. Política y Objetivos en materia de SST: Documento de la política y objetivos de SST, firmada por la máxima autoridad de la empresa.
  • 2. Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo (RISST): Tener el RISST (obligatorio para empresas con 20 o más trabajadores) aprobado por el CSST y entregado a los trabajadores.
  • 3. IPERC y Mapa de Riesgos: Contar con la matriz IPERC y el Mapa de Riesgos actualizado y visible.
  • 4. Planificación de la Actividad Preventiva: Documentos que demuestren la planificación de la SST (Plan y Programa Anual de SST).
  • 5. Registros Obligatorios del SGSST: Mantener los registros obligatorios (accidentes, enfermedades, inspecciones, capacitaciones, etc.).
  • 6. [DU 044-2019 / Art. 36 RLSST] Auditorías del SGSST: SUNAFIL puede exigir auditorías en cualquier momento (no solo cada dos años). Contar con informe de auditoría vigente realizada por auditor autorizado inscrito en el registro del MTPE.
  • 7. [DU 044-2019 / Art. 39-A RLSST] Plan de respuesta ante cierre temporal: Tener identificadas las áreas de mayor riesgo y un plan de acción inmediato para levantar observaciones ante una eventual orden de cierre temporal por el inspector de SUNAFIL.
  • 8. [DU 044-2019 / Arts. 38-40 RLSST] Medidas cautelares y paralización: Documentar las medidas correctivas adoptadas ante cualquier requerimiento previo de SUNAFIL para evitar que se dicte la paralización del proceso productivo.